Luces adicionales: lo que está permitido y lo que no

Hay vehículos especiales que ya cuentan con otras luces, pero hay conductores que prefieren realizar sus propios cambios. En cualquier caso, hay dos requisitos básicos: respetar lo que dice la Ley de tránsito y que todo esté homologado.

​Querer diferenciarse no siempre está bien visto. En el caso de los cambios de luces en el vehículo, tiene sus consecuencias. El Decreto 779/95 Anexo I, sección B.3.5.1. Lámpara, puntualiza que “cada dispositivo de iluminación o de señalización debe utilizar el tipo de lámpara conforme a las indicaciones del fabricante del dispositivo o del vehículo”.

Sin embargo, existen ciertas luces que se pueden agregar a los ya casi completos modelos de autos. El único requisito en estos casos es que deben tener su homologación. “Esto quiere decir que estén aprobadas para circular en la vía pública”, detalla a En Movimiento, Matías Mazzia, de Boutique del automóvil SRL.

En la parte frontal están permitidos los faros antiniebla, las luces curvas y las luces diurnas. En los laterales a las del guardabarros se puede agregar una luz intermitente en el espejo y en el caso de las luces traseras una luz antiniebla.

Antes era común agregarle la tercera luz de freno, pero fueron sustituidas por la luz en el alerón trasero o en la tapa del baúl. A esta zona se le puede agregar un toque personal a la patente con alguna luz particular.

Otras luces que tampoco están permitidas son las luces dentro del vehículo, como las de debajo de la carrocería. A esto se incluyen opciones de luces con el auto parado, otras señalizaciones y bandas luminosas en los laterales.

Mundo luces

“La iluminación en el sector automotor es amplísimo”, dice a En Movimiento Juan Pablo Luraschi, de Accesorios J-3. Para ser más claro, explica que hay tres grupos de iluminación.

  1. La lámpara alógena: Esta es estándar y viene desde la más baja hasta la luz mejorada, de todas las marcas.

  2. El Xénon: Este está en desuso. Solamente se vende para reparar las que venían en originales.

  3. Las LED que son las últimas y más novedosa, donde hay de muy buena calidad y otras no tanto.

“No hay una legislación clara sobre las lámparas. Sí, sobre el vehículo, si encandila o no, si la óptica está en condiciones, si está opaca o buena. Esto se hace en la Verificación Técnica del automotor”, cuenta el experto.

Por otra parte, revela que, lo que no está permitido, es “la lámpara alógena”. Luraschi comparte que provoca encandilamiento en los demás conductores, lo que aumenta el riesgo de accidentes. Se estima que una vez que la persona fue encandilada con luces no originales, se demora unos 50 segundos para recuperar la visión.

Por eso mismo, no está de más recordar que frente a esta acción, el conductor “tiene que girar la cabeza levemente hacia la derecha y mirar la línea blanca y también se le debe hacer un destello de luz para avisar a las otras personas que tiene la luz alta”, detallan de Namasté Autoescuela.

Al respecto, Mazzia explica que en las luces alternativas, lo que más se usa es LED: “La mayoría de las lámparas que vienen blancas son LED. Entre ellas hay algunas que no cumplen con las leyes nacionales e internacionales de iluminación. Ahora hay vehículos que ya traen el xenón integrado que está homologada”.

Axel Dell´ olio, Licenciado en prevención vial y transporte, presidente de Adisiv (Asociación para la Disminución de Siniestros Viales) es claro al respecto. “Faros de neon, no, te los quitan en la VTV, luces de otros colores, no. Las luces tienen que ser blancas adelantes, rojas atrás; ámbar en los giros”, aclara.

Excepciones

Igual, ante cualquier duda, es bueno tener presente las disposiciones de la ley de tránsito N.º 24.449 en su artículo 31, que establece: “Queda prohibido a cualquier vehículo colocar o usar otros faros o luces que no sean los taxativamente establecidos en esta ley, salvo el agregado de hasta dos luces rompeniebla y, solo en vías de tierra, el uso de faros buscahuellas”.

Asimismo, siempre hay excepciones. En el artículo 32 se establece qué existen vehículos que sí deben tener luces adicionales, color, cuántas y dónde.

  1. Los camiones articulados o con acoplado: Tres luces en la parte central superior, blancas adelante y rojas atrás.
  2. Las grúas para remolque: Luces complementarias de las de freno y posición, que no queden ocultas por el vehículo remolcado.
  3. Los vehículos de transporte de pasajeros: Cuatro luces blancas o amarillas en la parte superior delantera y una roja en la parte superior trasera, todas conectadas a las luces reglamentarias. Se exceptúan de esta exigencia los vehículos de la categoría M2 con un peso bruto total inferior a las siete (7) toneladas.
  4. Los vehículos para transporte de menores de catorce (14) años: Cuatro luces amarillas en la parte superior delantera y dos rojas y una amarilla central en la parte superior trasera, todas conectadas a las luces normales intermitentes de emergencia
  5. Los vehículos policiales y de seguridad: Balizas azules intermitentes.
  6. Los vehículos de bomberos y servicios de apuntalamiento, explosivos u otros de urgencia: Balizas rojas intermitentes.
  7. Las ambulancias y similares: Balizas verdes intermitentes.
  8. La maquinaria especial y los vehículos que, por su finalidad de auxilio, reparación o recolección sobre la vía pública, no deban ajustarse a ciertas normas de circulación: Balizas amarillas intermitentes.

Cada detalle importa y no está mal sumar estilo a tu auto, pero que, el querer diferenciarte, no te encandile.

 

Artículo publicado originalmente en enero de 2023.

Compartir

ÚLTIMAS NOTICIAS